Juez federal otorgó suspensión a “Andy” y “Bobby” López Beltrán, hijos de AMLO, contra orden de captura

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Otorgan suspensión judicial a “Andy” y “Bobby” ante orden de captura
Otorgan suspensión judicial a “Andy” y “Bobby” ante orden de captura

Ciudad de México, 17 Sept-25 (Agencia/VRed).- Un juez federal concedió una suspensión judicial que protege a Andrés «Andy» Manuel López Beltrán y Gonzalo «Bobby» Alfonso López Beltrán, hijos del expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), frente a cualquier orden de captura.

La información fue difundida por el periodista Claudio Ochoa Huerta, a través de sus redes sociales, donde detalló los alcances de la medida y los nombres involucrados en el expediente.

Además, el expediente compartido por el periodista, identificado con el número 2098/2025, incluye los nombres de presuntos funcionarios vinculados a una red de huachicol fiscal. Entre ellos figuran el Contraalmirante Fernando Farías Laguna y Roberto Blanco Cantú, conocido como “El señor de los buques” o también como Roberto Brown, quien sería el supuesto propietario de la empresa Mefra Fletes.

“Recepción de la demanda. Téngase por recibida la demanda de amparo que, en términos de lo dispuesto por los artículos 3 y 15 de la Ley de Amparo, Francisco Javier Rodríguez Smith Macdonald presenta en forma electrónica, por la detención, incomunicación, no localización, privación de la vida o posible desaparición forzada y orden de aprehensión, a favor de Andrés Manel López Beltrán, Gonzalo López Beltrán, Roberto Blanco Cantú alias ‘El señor de los buques’, Fernando Farías Laguna, Diana Heleyn Foullon Gómez alias ‘Lady D’… contra actos del titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas y otras autoridades”, se lee en el escrito.

Según lo publicado por Ochoa Huerta, la suspensión fue solicitada por Francisco Javier Rodríguez Smith Macdonald ante el juzgado segundo de distrito con sede en Zacatecas. El promovente del amparo no firmó el documento presentado y, en lugar de señalar un domicilio convencional para recibir notificaciones, indicó como referencia el Hotel Círculo Mexicano, ubicado en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

La jueza acuerda: No se soslaya que dicho escrito de demanda no presenta firma alguna (ni autógrafa ni electrónica) por parte de quien la suscribe.

“Registro de la demanda. Se ordena formar el expediente correspondiente, capturar su ingreso en el Libro de Gobierno de este juzgado bajo el número 2098/2025-IV y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.

“Suspensión de plano. Al advertirse del contenido de la demanda de amparo que la parte promovente reclama medularmente: a) Detención, b) Incomunicación, c) No localización, d)Privación de la vida; y, e)Desaparición forzada”, se lee en el comunicado compartido por el periodista.

Qué menciona el Órgano de Administración Judicial

Infobae México corroboró que oficialmente el Órgano de Administración Judicial (antes Consejo de la Adjudicatura Federal) menciona en su síntesis del expediente 2098/2025 que sí se ordena bajo el registro de la demanda formar un expediente correspondiente y registrarse en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes bajo el número 2098/2025-IV.

Además, pudimos corroborar que la suspensión de planos también coincide con lo declarado y compartido por le periodista. Detención, incomunicación, no localización, privación de la vida y desaparición forzada figuran en el apartado de suspensión de plano.

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