Ciudad de México., 6 Abr-21 (Agencia).- Mónica Aralí Soto es la magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que elaborará el proyecto de sentencia a la impugnación, que fue aceptada a trámite, a la candidatura de Manuela del Carmen Obrador, prima hermana del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Manuela del Carmen Obrador fue postulada por el partido Morena a diputación federal por el distrito 1 de Palenque, Chiapas.
No obstante, dicha postulación fue impugnada el jueves pasado ante el TEPJF por Crescencia Díaz Vázquez, una joven mujer indígena, maestra de primaria de la etnia chol, en el estado de Chiapas.
Díaz Vázquez acusó en su impugnación, registrado en el expediente SUP-JDC-424/2021, que la citada candidatura a una diputación federal corresponde a un o una integrante de pueblos originarios.
Recordó que el Instituto Nacional Electoral (INE) implementó una acción afirmativa indígena, a través del Acuerdo INE/CG572/2020, que está vigente para el proceso electoral 2020-2021 en curso.
Explicó que el objetivo de la citada acción afirmativa es lograr en el Congreso federal una representación del 6.5 por ciento o lo más cercana a dicho porcentaje de miembros de pueblos originarios o comunidades indígenas.
De acuerdo con dicha fórmula, los partidos políticos y coaliciones deberían postular 21 candidaturas indígenas a la Cámara de Diputados por el principio de mayoría relativa en los distritos electorales considerados indígenas.
En el caso de Chiapas le corresponderían cinco distritos electorales indígenas para el Congreso federal. Se trata del distrito 1, Palenque; 2, Bochil; 3, Ocosingo; 5, San Cristóbal de las Casas; y 11, Las Margaritas.
Con base en ello Díaz Vázquez estimó que los partidos están postulando en dichos Distritos a personas que se hacen pasar por indígenas (entre ellas la prima hermana del presidente), lo que representa un auténtico fraude a la ley.
De acuerdo con la mujer, Palenque abarca seis municipios con una población indígena del 74 por ciento, principalmente de las etnias chol y tzeltal.
Por ello promovió la impugnación, la cual fue aceptada a trámite por el TEPJF y enviado a la ponencia de la magistrada Soto Fregoso para la elaboración del proyecto de sentencia.