jueves, septiembre 3, 2026
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Congreso de Veracruz incurre en discriminación laboral: Llanes Gil

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La denuncia de Llanes Gil no sólo exhibe un trato desigual e injustificado, sino que coloca bajo escrutinio la coherencia del Congreso de Veracruz
La denuncia de Llanes Gil no sólo exhibe un trato desigual e injustificado, sino que coloca bajo escrutinio la coherencia del Congreso de Veracruz

Xalapa, Ver., 11 Dic-25 (VRed/QUE Noticias).- El abogado especialista en derecho laboral, Juan José Llanes Gil, denunció públicamente que el Poder Legislativo incurre en prácticas abiertamente discriminatorias contra sus trabajadores, dándoles un trato desigual solo por el hecho de no ser sindicalizados.

El señalamiento surge luego de que el Secretario General del Congreso, Domingo Bahena Corbalá, notificara que para el periodo vacacional de invierno 2025 se aplicará un trato diferenciado: 20 días de vacaciones para los trabajadores de base sindicalizados, mientras que “el resto del personal” —es decir, los no sindicalizados— sólo contará con 11 días.

Llanes Gil calificó esta medida como una distinción absurda, violatoria y basada en supuestos falsos, práctica que, aseguró, las instituciones públicas continúan replicando pese a los criterios ya establecidos por el Poder Judicial Federal.

El jurista subrayó que en el Congreso persisten dos errores fundamentales, el primero es creer que sólo los trabajadores sindicalizados son trabajadores de base y el segundo es, asumir que únicamente a ellos se les aplican las Condiciones Generales de Trabajo.

Llanes Gil explicó que un trabajador de base puede o no estar sindicalizado, pero en ambos casos goza de las mismas condiciones laborales por ley. En contraste, únicamente los trabajadores de confianza quedan fuera del régimen de condiciones generales.

“Definir que un trabajador de base no afiliado al sindicato mayoritario tiene menos derechos que uno sindicalizado es una aberración jurídica que ya fue desechada por los tribunales”, sostuvo.

Recordó que la distinción entre trabajadores sindicalizados y no sindicalizados —cuando se traduce en negación de beneficios laborales— viola el artículo 2 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, así como el artículo 123 apartado B de la Constitución mexicana.

De acuerdo con el criterio judicial citado, negar beneficios por no pertenecer al sindicato titular infringe la libertad de asociación, obligando de facto a los trabajadores a afiliarse para no perder derechos.

Pese a ello, denunció que el Congreso local “o no lo sabe, o simplemente no le importa”, incluso cuando el tema fue ampliamente expuesto por él mismo en el Auditorio “Sebastián Lerdo de Tejada” apenas unas horas antes del anuncio oficial.

El abogado lanzó un reto directo a los responsables de la política laboral interna del Legislativo: “Estoy en disposición de discutirlo públicamente. Podría ser ahí mismo, en el auditorio ‘Lerdo’, si es que algún día me abren nuevamente las puertas”.

La denuncia de Llanes Gil no sólo exhibe un trato desigual e injustificado, sino que coloca bajo escrutinio la coherencia del Congreso de Veracruz respecto a los principios que, en discurso, afirma defender: derechos humanos, legalidad y equidad laboral.

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